CONCURSO
«DNVB Awards by Carmila»
Reglamento 3a edición – 2024
ARTÍCULO 1: EMPRESA ORGANIZADORA
La empresa CARMILA España,, S.L. (Sociedad Unipersonal) sociedad de nacionalidad española, con domicilio social en Avda. de la Transición Española nº34, Parque Empresarial Omega, Edificio B, 4ª planta, 28108, Alcobendas (Madrid), provista de NIF número B-86772837, y en su nombre y representación D. Jesús Alberto Rodríguez Gómez, con D.N.I 07472012-W, en su calidad de apoderado de la compañía, según escritura de poder otorgada el 10 de abril de 2014 ante el Notario de Madrid, D. José María de Prada Guaita, con el número 756 de su protocolo (en adelante la «Empresa organizadora»).
ARTÍCULO 2: ORGANIZACIÓN DEL CONCURSO
La Empresa Organizadora organiza un concurso llamado «DNVB Awards by Carmila» para el cual la presentación de las candidaturas tendrá lugar entre el 27 de mayo de 2024 y el 15 de septiembre de 2024 (en adelante el «Concurso») con el fin de promover marcas Digital Native Vertical Brands (en adelante «DNVB») y permitirles desarrollar su presencia física en los centros comerciales CARMILA España.
La Empresa Organizadora se reserva el derecho a ampliar el plazo de presentación de las candidaturas más allá del 15 de septiembre de 2024.
El objetivo del Concurso es dar visibilidad a las marcas DNVB; es decir, las marcas cuyo desarrollo se realiza, en su origen, esencial, parcial o incluso exclusivamente a través de una presencia en internet (en adelante la «Marca DNVB») en todos los sectores de actividad de retail o comercio (entre otros, restauración, alimentario, moda, equipo personal, equipamiento para la casa, servicios, salud y belleza) y colaborar con los ganadores del Concurso (en adelante el o los «Ganadores») en su actuación comercial y de instalación o distribución en un punto de venta físico dentro de un centro comercial CARMILA (esto es, cualquier centro comercial ubicado en España en el que la empresa Carmila España o una de sus filiales sea propietaria de la galería comercial de dicho centro).
El Concurso se regirá por las estipulaciones del presente reglamento (en adelante, el «Reglamento»), que podrá consultarse e imprimirse en todo momento en la Web de la Empresa Organizadora creada específicamente para este Concurso.
ARTÍCULO 3: PARTICIPANTES
El hecho de participar en el Concurso implica la aceptación plena y sin reservas del presente Reglamento en su integridad. La aceptación se confirmará marcando la casilla prevista para ello en el formulario de inscripción.
El Concurso está abierto a las personas físicas y mayores de edad en la fecha de inscripción, así como a las personas jurídicas (en adelante el «Participante o Participantes») con domicilio fiscal o con sede central en España.
Los Participantes deben cumplir con los siguientes requisitos (en adelante, los «Requisitos de Participación»):
- En caso de personas jurídicas, estar inscritos, o en proceso de inscripción, en el Registro Mercantil.
- Ser propietarios de la Marca DNVB y de la estructura que da soporte a la misma. A estos efectos, deben contar con todos los derechos de propiedad intelectual e industrial relativos a dicha Marca DNVB, pudiendo llevar a cabo cualquier actividad de explotación. El espacio comercial donde se promocionará la marca deberá poder implantarse en una superficie inferior a 200m2.
- No podrá participar en el Concurso ninguna persona física o jurídica que haya participado, por cualquier concepto, en la organización del Concurso, ni ninguna persona que tenga vínculos de matrimonio, consanguinidad o afinidad colateral hasta segundo grado, con las personas que hayan participado en la organización del Concurso.
El cumplimiento con los Requisitos de Participación se estimará al examinar el dossier de candidatura y deberán perdurar hasta la entrega de los Premios, tal y como este concepto se define más adelante.
Toda candidatura que: (i) incumpla cualquiera de las estipulaciones del presente Reglamento, (ii) sea incompleta, o (iii) incluya información falsa, se considerará como nula y sin efecto y será excluida del Concurso.
ARTÍCULO 4: MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN
4.1. No se exige ningún importe de inscripción para participar en el Concurso. No obstante, a efectos aclaratorios, todos los gastos relacionados de manera directa o indirecta con la participación en el Concurso (en particular los gastos de desplazamiento) correrán a cargo del Participante.
Para participar en el Concurso, cada Participante debe llevar a cabo las siguientes actuaciones:
- Leer y aceptar el presente Reglamento. Visitar el sitio Web https://dnvb-awards-carmila.com/reglamento/ (en adelante la «Web») entre el 27 de mayo a las 10:00h y el 15 de septiembre de 2024 a las 23:59h y completar su perfil con las informaciones relativas al Participante y a su Marca DNVB.
- Rellenar el formulario de participación haciendo clic en “Participar”, respondiendo al cuestionario y cargando en el espacio los documentos solicitados (cuyo listado se adjunta en el Anexo al presente Reglamento).
- Confirmar su candidatura haciendo clic en el botón «Enviar» disponible al final del formulario, una vez completados todos los campos.
Toda candidatura que se reciba con posterioridad a la fecha de cierre será automáticamente rechazada.
La Empresa Organizadora se reserva el derecho de modificar las fechas del Concurso siempre que informe a los Participantes a través de la Web.
4.2. Los Participantes deberán aceptar el Reglamento de manera plena y sin reservas, obligándose a cumplir con todas y cada una de sus estipulaciones. De lo contrario, su candidatura será inmediatamente excluida del Concurso.
El Participante deberá asegurarse de que su nombre, apellidos, razón social, teléfono y dirección de correo electrónico estén correctamente cumplimentados. En caso contrario, no se podrá hacer entrega del Premio en el supuesto de que haya sido designado Ganador. La Empresa Organizadora no incurrirá en responsabilidad alguna por el envío de un correo electrónico o postal a una dirección inexacta por negligencia del Ganador. A estos efectos, el Ganador renuncia a cualquier reclamación que pudiera interponer frente a la Empresa Organizadora por este concepto.
Con carácter general, todo comportamiento abusivo que resulte en una distorsión de la finalidad del Concurso y todo intento de fraude o engaño por parte de un Participante darán lugar a la nulidad de su candidatura.
Solo se tendrán en cuenta las candidaturas que se presenten a través de la página Web. No se tendrá en cuenta cualquier otra forma de participación.
4.3. Se precisa que si un Participante no respetase lo estipulado en el presente reglamento, su candidatura será inmediatamente excluida del Concurso.
Incumbe al Participante asegurarse de que sus datos de contacto (nombre, apellidos, razón social, teléfono y dirección de correo electrónico) estén correctamente cumplimentados. En caso contrario, no se podrá atribuir la posible ganancia. No se podrá aceptar ninguna reclamación si el Participante ha indicado alguno de sus datos de contacto erróneo.
De manera general, todo comportamiento abusivo que resulte en una distorsión del principio mismo del Concurso y todo intento de fraude o engaño por parte de un Participante darán lugar a la nulidad de su participación.
Solo se tendrán en cuenta las participaciones en la Web. No se tendrá en cuenta cualquier otra forma de participación.
ARTÍCULO 5: DESIGNACIÓN DE LOS GANADORES
5.1 Criterios de selección
Las candidaturas se evalúan en particular de acuerdo con los siguientes criterios:
- Viabilidad del modelo de negocio.
- Plan de expansión y adaptabilidad al mercado físico.
- Capacidad de desarrollo en un centro comercial.
- Adaptabilidad de la Marca DNVB para una implantación en un centro comercial CARMILA.
- Adecuación de la Marca DNVB a las expectativas de los clientes de los centros comerciales CARMILA.
- Estrategia de marketing y estrategia digital.
- Estrategia y/o plan de acción de sostenibilidad.
- Experiencia y motivación del equipo de la marca DNVB.
La elección de los Ganadores no podrá ser refutada, siendo la Empresa Organizadora la única libre de su elección final.
5.2 Proceso de selección
Se nombrarán cinco (5) Ganadores en total.
La selección de los Ganadores respetará el siguiente calendario. Sin perjuicio de lo anterior, la Empresa Organizadora se reserva el derecho de modificar el calendario previo aviso a los Participantes a través de la Web:
- Primera vuelta:
La primera fase se llevará a cabo del 1 al 15 de septiembre de 2024. Sobre la base de los formularios de inscripción recibidos a través de la Web, se seleccionarán hasta nueve (9) finalistas por una comisión interna compuesta por miembros de la Empresa Organizadora. Los finalistas serán seleccionados de conformidad con los criterios antes mencionados.
Los finalistas elegidos serán informados a más tardar el 19 de septiembre de 2024. Participarán en la segunda vuelta de selección, para ello se comprometerán a generar una serie de materiales audiovisuales solicitados por la Empresa Organizadora, con el fin de darles difusión a través de sus medios propios. La fecha límite de entrega de dichos materiales será el 26 de septiembre de 2024.
- Segunda vuelta:
Los dossieres de los 9 finalistas serán examinados el 16 de octubre de 2024 por un jurado cuyos miembros se indican en la Web en el marco de una presentación oral (sesión de pitches) realizada por los Participantes
de forma presencial en las oficias de CARMILA España, ubicadas en Avda. de la Transición Española nº34, Parque Empresarial Omega, Edificio B, 4ª planta, 28108, Alcobendas (Madrid).
Dicho jurado designará a los cinco (5) Ganadores identificando su ranking.
ARTÍCULO 6: PREMIOS
6.1 Los cinco (5) Ganadores ganarán cada uno un premio (en adelante, los “Premios”). Serán notificados en la ceremonia de entrega de premios, celebrada a continuación de la sesión de pitches, a más tardar el 16 de octubre de 2024.
Los Premios se entregarán en un acto organizado por la Empresa Organizadora.
Todos los gastos de viaje/alojamiento en el marco de la entrega de Premios correrán a cargo de los Ganadores.
La Empresa Organizadora se exime de toda responsabilidad relacionada con cualquier insatisfacción de los Ganadores con respecto a su Premio. El Ganador podrá determinar la cuantía atribuida a cada una de las iniciativas según sus preferencias y necesidades, siempre y cuando las pacte con la Empresa Organizadora antes de la concesión del premio.
El desglose del importe máximo lo elegirá el Ganador en función de diferentes criterios como el espacio comercial escogido, la ubicación del centro comercial, la localización del espacio comercial dentro del centro comercial, la superficie del espacio, etc.
6.2 Los Premios son los siguientes:
Primer Premio:
Donación de las siguientes iniciativas de promoción valoradas en un importe máximo total de CUARENTA MIL (40.000) euros, impuestos no incluidos más IVA (en adelante, las «Iniciativas de Promoción del Primer Premio»):
- Implantación dentro de un centro comercial de la Empresa Organizadora por un plazo máximo de 6 meses mediante uno de los siguientes formatos o con la combinación de dos o más de los formatos enunciados:
a) Pago de la renta del arrendamiento de un local comercial para venta efímera (pop up store).
b) Pago de la renta de la cesión de espacio en zona común (stand).
c) Promoción de una campaña de marketing espectacular asociada a la apertura de dicho espacio. - La selección del formato o formatos a implementar será de mutuo acuerdo entre el Ganador y la Empresa Organizadora, y en ningún caso podrá superar el importe máximo total de CUARENTA MIL (40.000) euros.
- El Ganador suscribirá un contrato de arrendamiento y prestación de servicios con Carmila y las rentas se compensarán con el Premio recibido.
- Las acciones de marketing espectacular las realizará la Empresa Organizadora y perseguirán promover, dentro del centro comercial y entre los clientes del mismo, la Marca DNVB del Ganador.
- Prestación de servicios inherentes a la implantación de la marca DNVB en tiendas: estudios y concepción, asesoramiento y diseño, obras de acondicionamiento. Estas prestaciones deberán estar sujetas al acuerdo previo de la Empresa Organizadora, que podrá realizarlos directamente. En caso de que dichas prestaciones no sean realizadas directamente por la Empresa organizadora, el Ganador deberá presentar los justificantes correspondientes.
- Los servicios de contratación de personal o Recursos Humanos no están incluidos en los servicios inherentes a la implantación de la marca DNVB en el centro comercial. Por ende, el Ganador se responsabiliza de contratar de forma independiente y autónoma estos servicios.
Si el importe acumulado de las Iniciativas de Proposición no alcanzara la suma de CUARENTA MIL EUROS (40.000) euros, impuestos no incluidos, debido en particular a la superficie del local y/o valores de mercado, no se abonará al Ganador ningún complemento económico que permita alcanzar esta suma. El Ganador reconoce y acepta esta disposición y expresamente renuncia a cualquier derecho de interponer reclamación frente a la Empresa Organizadora por este concepto.
Si el importe acumulado de las Iniciativas de Promoción del Primer Premio superara la suma de CUARENTA MIL EUROS (40.000) euros, impuestos no incluidos, debido en particular a la superficie del local y/o valores de mercado, no se abonará al Ganador ningún complemento económico por encima de dicha suma. El Ganador reconoce y acepta que exclusivamente tendrá derecho a percibir las Iniciativas de Promoción del Primer Premio cuya valoración conjunta ascienda, como máximo, a CUARENTA MIL EUROS (40.000) euros, impuestos no incluidos, y renuncia a cualquier derecho de interponer reclamación frente a la Empresa Organizadora por importes que excedan dicha suma.
Se recuerda expresamente que la entrega de este Premio está condicionada al arrendamiento de un local comercial para venta efímera, cesión de espacio en zona común y/o campaña de marketing espectacular dentro de un centro comercial de la Empresa Organizadora. Por consiguiente, el Ganador que no se instale en un local, stand y/o desarrolle una campaña de marketing espectacular dentro de un centro comercial de la Empresa Organizadora no recibirá ningún descuento del 1er Premio, ni ningún descuento de su equivalente en dinero (total o parcial), ni a su cambio o sustitución por otro premio, de cualquier valor.
La puesta a disposición del espacio estará sujeta a la suscripción, por parte del Ganador, de un contrato de arrendamiento y prestación de servicios cuyas disposiciones habrán sido previamente negociadas entre las partes a más tardar el 31 de diciembre de 2025.
La puesta a disposición del local se hará bajo las siguientes condiciones:
- Suscripción de un contrato de arrendamiento acorde a la ley española como se establece en el artículo 11.
- Implementación exclusiva en el local de la Marca DNVB con exclusión de cualquier otra.
Asimismo, se especifica que el Ganador estará obligado a incurrir en todos los gastos en el contexto de la explotación del local y/o stand, lo cual reconoce expresamente, y si ha consumido el importe total del Premio antes de finalizar la actividad en el plazo acordado.
Segundo, Tercer, Cuarto y Quinto Premio:
Donación de las siguientes iniciativas de promoción valoradas en un importe máximo total de QUINCE MIL (15.000) euros, impuestos no incluidos más IVA (en adelante, las «Iniciativas de Promoción del Segundo, Tercer, Cuarto y Quinto Premio»):
- Implantación dentro de un centro comercial de la Empresa Organizadora por un plazo máximo de 3 meses mediante uno de los siguientes formatos o con la combinación de dos o más de los formatos enunciados:
a) Pago de la renta del arrendamiento de un local comercial para venta efímera (pop up store).
b) Pago de la renta de la cesión de espacio en zona común (stand).
c) Promoción de una campaña de marketing espectacular asociada a la apertura de dicho espacio. - La selección del formato o formatos a implementar será de mutuo acuerdo entre el Ganador y la Empresa Organizadora, y en ningún caso podrá superar el importe máximo total de QUINCE MIL (15.000) euros.
- El Ganador suscribirá un contrato de arrendamiento y prestación de servicios con Carmila y las rentas se compensarán con el Premio recibido.
- Las acciones de marketing espectacular las realizará la Empresa Organizadora y perseguirán promover, dentro del centro comercial y entre los clientes del mismo, la Marca DNVB del Ganador.
- Prestación de servicios inherentes a la implantación de la marca DNVB en tiendas: estudios y concepción, asesoramiento y diseño, obras de acondicionamiento. Estas prestaciones deberán estar sujetas al acuerdo previo de la Empresa Organizadora, que podrá realizarlos directamente. En caso de que dichas prestaciones no sean realizadas directamente por la Empresa organizadora, el Ganador deberá presentar los justificantes correspondientes.
- Los servicios de contratación de personal o Recursos Humanos no están incluidos en los servicios inherentes a la implantación de la marca DNVB en el centro comercial. Por ende, el Ganador se responsabiliza de contratar de forma independiente y autónoma estos servicios.
Si el importe acumulado de las Iniciativas de Proposición no alcanzara la suma de QUINCE MIL (15.000) euros, impuestos no incluidos, debido en particular a la superficie del local y/o valores de mercado, no se abonará al Ganador ningún complemento económico que permita alcanzar esta suma. El Ganador reconoce y acepta esta disposición y expresamente renuncia a cualquier derecho de interponer reclamación frente a la Empresa Organizadora por este concepto.
Si el importe acumulado de las Iniciativas de Promoción del Segundo, Tercer, Cuarto y Quinto Premio superara la suma de QUINCE MIL (15.000) euros, impuestos no incluidos, debido en particular a la superficie del local y/o valores de mercado, no se abonará al Ganador ningún complemento económico por encima de dicha suma. El Ganador reconoce y acepta que exclusivamente tendrá derecho a percibir las Iniciativas de Promoción del Segundo Tercer, Cuarto y Quinto Premio cuya valoración conjunta ascienda, como máximo, a QUINCE MIL (15.000) euros, impuestos no incluidos, y renuncia a cualquier derecho de interponer reclamación frente a la Empresa Organizadora por importes que excedan dicha suma.
Se recuerda expresamente que la entrega de este Premio está condicionada al arrendamiento de un local comercial para venta efímera, cesión de espacio en zona común y/o campaña de marketing espectacular dentro de un centro comercial de la Empresa Organizadora. Por consiguiente, el Ganador que no se instale en un local, stand y/o desarrolle una campaña de marketing espectacular dentro de un centro comercial de la Empresa Organizadora no recibirá ningún descuento del 2º Premio, ni ningún descuento de su equivalente en dinero (total o parcial), ni a su cambio o sustitución por otro premio, de cualquier valor.
La puesta a disposición del espacio estará sujeta a la suscripción, por parte del Ganador, de un contrato de arrendamiento y prestación de servicios cuyas disposiciones habrán sido previamente negociadas entre las partes a más tardar el 31 de diciembre de 2025.
La puesta a disposición del local se hará bajo las siguientes condiciones:
- Suscripción de un contrato de arrendamiento acorde a la ley española como se establece en el artículo 11.
- Implementación exclusiva en el local de la Marca DNVB con exclusión de cualquier otra.
Asimismo, se especifica que el Ganador estará obligado a incurrir en todos los gastos en el contexto de la explotación del local y/o stand, lo cual reconoce expresamente, y si ha consumido el importe total del Premio antes de finalizar la actividad en el plazo acordado.
6.3 Los Premios son nominativos y no pueden ser otorgados a otros Ganadores que los designados en el marco del Concurso.
Los Ganadores no podrán reclamar ningún otro Premio que los definidos en el artículo 6.2.
La Empresa Organizadora no incurrirá en responsabilidad alguna, directa o indirecta, derivada de los resultados comerciales obtenidos en el marco de la explotación de la Marca DNVB dentro de los espacios puestos a disposición por la Empresa Organizadora.
Por último, se especifica que si no se regulariza ningún contrato (contrato de arrendamiento o contrato de prestación de servicios, según el caso) entre el Ganador y la Empresa Organizadora, dentro de los plazos definidos anteriormente, y aun cuando la Empresa Organizadora haya realizado tres (3) propuestas al Ganador, la Empresa Ganadora podrá unilateralmente cancelar la concesión del Premio. Esto dará lugar a la pérdida del Premio para el Ganador, de pleno derecho. Dicho Premio no se atribuirá a otro Participante.
ARTÍCULO 7: EXPLOTACIÓN DE LA IMAGEN DE LOS GANADORES
La Empresa Organizadora podrá solicitar la autorización de cada Ganador para utilizar, con fines publicitarios, sus apellidos, nombre, dirección y fotografía, así como su voz, en cumplimiento de la Ley «Informática y Libertades» del 01/06/78, sin que ello les confiera remuneración, derecho o ventaja distinta de la concesión de su Premio.
ARTÍCULO 8: PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
De conformidad con el Reglamento general de protección de datos 2016/679 (RGPD) y Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPD-GDD), los Participantes en el Concurso son informados de que la Empresa Organizadora tratará sus datos personales de conformidad con lo que se dispone a continuación.
1. ¿Quién es el responsable del tratamiento de sus datos personales?
La empresa responsable del tratamiento de los datos personales de los Participantes es Carmila, con domicilio en Avda. de la Transición Española nº34, Parque Empresarial Omega, Edificio B, 4ª planta, 28108, Alcobendas (Madrid), y con C.I.F. B-86772837.
2. ¿Cómo y con qué base se tratarán los datos personales de los Participantes?
Los datos personales de los Participantes serán tratados para las finalidades y con las bases legitimadoras que se indican a continuación:
a) Gestión de su participación en el Concurso, incluyendo el posterior contacto en caso de los Ganadores, para así poder comunicarle que ha resultado ganador del Concurso y poder gestionar la entrega del premio. Los datos personales necesarios para poder participar en el Concurso son nombre, apellidos, razón social, teléfono y dirección de correo electrónico de los Participantes.
La base legal para el tratamiento de los datos personales para las anteriores finalidades es la relación contractual (ejecución de las bases legales del Concurso) y, en su caso, la entrega del premio a los Ganadores. Por tanto, la negativa a proporcionar los datos necesarios para satisfacer las anteriores finalidades supondrá la imposibilidad por parte de la Empresa Organizadora de gestionar la participación de los distintos Participantes, así como también la imposibilidad de entregar a los Ganadores el Premio objeto de este Concurso.
b) En el caso de los Ganadores, publicación de su nombre, apellidos, dirección y fotografía en las redes sociales de la Empresa Organizadora con fines publicitarios.
La base legal para el tratamiento de los datos personales de los Ganadores para esta finalidad es su consentimiento.
c) Envío de comunicaciones comerciales, en aquellos casos en que el Participante hubiera otorgado su consentimiento.
3. ¿A quién se cederán los datos personales de los Participantes?
Salvo en los siguientes supuestos, la Empresa Organizadora no cederá los datos personales de los Participantes a terceros:
a) En aquellos casos en los que esté previsto en la ley.
b) En aquellos casos en los que la Empresa Organizadora recurra a prestadores de servicios que sean necesarios para la gestión del Concurso.
En algunos casos, estos terceros pueden estar situados fuera del Espacio Económico Europeo, incluso en algún país con un nivel de protección que no sea equiparable al del Espacio Económico Europeo. No obstante, todas las transferencias internacionales de datos llevadas a cabo por la Empresa Organizadora son legítimas y están amparadas en alguno de los mecanismos de protección previstos en la normativa aplicable. Puede obtener más información sobre las transferencias realizadas por la Empresa Organizadora a países fuera del Espacio Económico Europeo en la dirección de contacto indicada en el apartado «Preguntas».
4. ¿Durante cuánto tiempo se conservarán los datos personales de los Participantes?
Datos personales de los Participantes. Los datos personales de los Participantes se conservarán durante el tiempo que dure el Concurso, y, en todo caso, por el tiempo que resulte necesario para poder cumplir cualquier obligación legal que se derive del tratamiento de los mismos y de la relación con los Participantes. Transcurrido este plazo, los datos personales serán bloqueados durante el plazo de prescripción de las responsabilidades nacidas del tratamiento. Transcurrido dicho plazo, los datos personales serán suprimidos.
Datos personales de los Ganadores. Los datos personales de los Ganadores se conservarán durante el tiempo necesario para hacer entrega del premio y, en todo caso, por el tiempo que resulte necesario para poder cumplir cualquier obligación legal que se derive del tratamiento de los mismos y de la relación con los Ganadores. Transcurrido este plazo, los datos personales de los Ganadores serán bloqueados durante el plazo de prescripción de las responsabilidades nacidas del tratamiento. Transcurrido dicho plazo, los datos personales del ganador serán suprimidos.
Comunicaciones comerciales. Finalmente, en el caso de que el Participante haya dado el consentimiento al envío de comunicaciones comerciales y/o a su cesión a terceros, los datos personales serán conservados hasta que el Participante solicite no querer recibir más comunicaciones. Llegado ese momento, los datos personales se conservarán por el tiempo que resulte necesario para poder cumplir cualquier obligaciones que se derive del tratamiento de los mismos y, posteriormente, serán bloqueados durante el plazo de prescripción de las responsabilidades nacidas del tratamiento. Transcurrido dicho plazo, los datos personales serán suprimidos.
5. ¿Cuáles son los derechos de los participantes?
Los Participantes tienen derecho a que la Empresa Organizadora les confirme si se está tratando o no sus datos personales y, en su caso, a solicitar el acceso a los datos personales y a determinada información sobre el tratamiento (fines, categorías de datos tratados y destinatarios, entre otros aspectos) (derecho de acceso). Asimismo, tienen derecho a solicitar la rectificación de los datos inexactos (derecho de rectificación), así como la supresión de los mismos cuando, entre otros motivos, éstos ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos (derecho de supresión). En determinadas circunstancias (por ejemplo, en caso de que el interesado impugne la exactitud de los datos, mientras se verifica la exactitud de los mismos), los Participantes podrán solicitar que se limite el tratamiento de sus datos personales, siendo estos únicamente tratados para el ejercicio o la defensa de reclamaciones (derecho a la limitación del tratamiento). Finalmente, los Participantes tienen la posibilidad de ejercer su derecho a la portabilidad de los datos, es decir, a recibir los datos personales en un formato estructurado, de uso común y lectura mecánica, y a transmitirlos a otro responsable del tratamiento sin que el responsable al que se los hubiera facilitado se lo impida, en los supuestos legalmente previstos a estos efectos (derecho a la portabilidad de los datos) y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Asimismo, si alguno de los tratamientos de datos personales está basado en el consentimiento de los Participantes, los Participantes tendrán derecho a retirar dicho consentimiento en cualquier momento (derecho a retirar el consentimiento).
Los Participantes ejercerán sus derechos mediante un correo electrónico a es_comunicacion@carmila.com, indicando su nombre, apellidos y dirección de correo electrónico.
También tendrán derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
6. ¿Cómo se puede contactar con el delegado de protección de datos de la Empresa Organizadora?
Los Participantes pueden ponerse en contacto con nuestro delegado de protección de datos en la siguiente dirección: Carretera de Burgos, km. 14,500 Alcobendas 28108 (Madrid).
7. Preguntas
Si los Participantes tienen alguna pregunta sobre el tratamiento de sus datos rogamos que se pongan en contacto con la Empresa Organizadora mediante correo electrónico dirigido a la siguiente dirección de correo: es_comunicacion@carmila.com
ARTÍCULO 9: LÍMITE DE RESPONSABILIDAD
La Empresa Organizadora no puede incurrir en responsabilidad por una causa cuyo origen fuera ajeno a su actuación, en particular para los siguientes casos:
- Si, por un motivo independiente de su voluntad, la Web necesaria para el Concurso no estuviera disponible temporalmente.
- Si el Concurso no pudiera llevarse a cabo en las condiciones previstas, causando una alteración en la organización y gestión del Concurso que llevara a la Empresa Organizadora a acortar, prorrogar, posponer, modificar o cancelar el Concurso.
La Empresa Organizadora también informa de que, dadas las características de la red Internet, tales como la libre captación de la información difundida y la dificultad, o incluso la imposibilidad, de controlar el uso que de ella pudieran hacer terceros, no puede ser considerada responsable de cualquier mal uso de dicha información.
La Empresa Organizadora no podrá ser considerada responsable por el uso fraudulento de los derechos de conexión o asignación del Premio de un Participante, a menos que demuestre la existencia de una negligencia grave.
La Empresa Organizadora declina toda responsabilidad en caso de mal funcionamiento de la red Internet, líneas telefónicas, equipos de recepción que impidan el correcto desarrollo del Concurso. Además, no podrá en ningún caso ser considerada responsable por problemas de entrega o extravío del correo electrónico o postal.
La Empresa Organizadora se exime de toda responsabilidad en caso de fallo técnico, anomalía, de hardware y de software de cualquier tipo (e.g. virus, bug, etc.) causado al sistema del Participante, a su equipo informático y a los datos almacenados en el mismo y de las consecuencias que de ello puedan derivarse sobre su actividad personal, profesional o comercial.
La Empresa Organizadora no se hace responsable por el envío de un correo electrónico o postal a una dirección inexacta por negligencia del Ganador. La Empresa Organizadora no realizará ninguna búsqueda adicional si el Ganador permanece indisponible y/o ilocalizable.
La Empresa Organizadora no puede incurrir en responsabilidad alguna si, en caso de fuerza mayor o acontecimientos ajenos a su voluntad (incluidos problemas técnicos, etc.) que alterasen la organización y gestión del Concurso, se viera obligada a acortar, prorrogar, aplazar, modificar o cancelar el Concurso.
Es posible que durante el Concurso se publiquen cláusulas adicionales o, en caso de fuerza mayor, modificaciones a este Reglamento. Se considerarán como adendas al presente Reglamento y se interpondrán ante el agente judicial encargado del Concurso.
Por último, se recuerda que la Empresa Organizadora no se hace responsable de los resultados comerciales obtenidos por el Ganador en el marco de la explotación de la marca DNVB dentro de los locales o corners puestos a disposición.
ARTÍCULO 10: ACEPTACIÓN Y PRESENTACIÓN DEL REGLAMENTO
El simple hecho de participar en el Concurso implica la aceptación plena y sin reservas del presente Reglamento.
El Reglamento puede consultarse en línea en la Web, descargarse e imprimirse en todo momento.
ARTÍCULO 11: LEY APLICABLE – ATRIBUCIÓN DE COMPETENCIA
La ley aplicable del presente reglamento es la ley española.
Cualquier desacuerdo que surja con ocasión de este Concurso podrá ser objeto de un intento de solución amistosa. A falta de acuerdo, el tribunal competente será el del domicilio del demandado, salvo disposición legal contraria.
Anexos
- Listado de los documentos solicitados para participar en el Concurso.
- Tarjeta fiscal y documento de inscripción en el Registro Mercantil (aplicable solo a Participantes personas jurídicas).
- Elementos visuales (e.g. dossier de prensa, lookbook, campaña publicitaria).